Un influencer es una persona, por lo general, gran usuario de redes sociales (Facebook, Instagram, Youtube, Twitter…) con la capacidad de crear o compartir contenido, con un gran número de seguidores facilitando a las empresas que sus productos sean visualizados por los mismos. Si dicho influencers tiene, por ejemplo, 1 millón de fans, cada vez que comparta tu producto será visto por todos estos. Realmente cualquiera puede ser uno de ellos, eso sí, el requisito común es que tenga muchísimos seguidores.
Para que hablen de tus artículos, será necesaria una contraprestación. Esta puede ser de dos tipos: en especia o pecunaria.
La primera de ella, tal como su nombre indica, es a cambio de un producto. Este puede ser del que esté hablando o cualquier otro. Esta modalidad no implica que no haya obligaciones fiscales. El segundo es por dinero. En todo caso, será necesario un contrato redactado y firmado por ambas partes. En dicho documento se tendrá que indicar los servicios que se requiere del influencer así como las responsabilidades cuando los objetivos establecidos no se cumplan.
Tenemos que saber que gracias a este contrato se establece una relación mercantil entre contratante y contratado. Se recomienda que la duración del mismo sea por Obra y Servicio. Es decir, cuando se termine de promocionar tu producto la relación mercantil finaliza.
Artículos importantes a incluir:
– Contenido: generar información veraz y original. Si usa imágenes no pueden ser reutilizadas de un trabajo anterior.
– Cantidad de publicaciones.
– Textos y hashtags.
– Tiempo de la campaña.
– Incompatibilidad con otras marcas del sector.
– Aprobación previa del contenido antes de que se publique.
– Prohibición de compra de seguidores, me gustas, etc. Estos tienen que ser orgánicos.
– Propiedad del contenido.
– Forma de pago.
Si deseas que te asesoremos a la hora de contratar los servicios de un influencers puedes ponerte en contacto con Ercilla Abogados en nuestro despacho en la calle Colón de Larreátegui nº38 (Bilbao) o escribirnos un correo electrónico.