Se entiende por Divorcio toda disolución de un matrimonio, ya sea por solicitud de uno de los contrayentes o por ambos.
Si los cónyuges se han decidido por este tipo de institución legal se pueden acoger a un acuerdo de separación por mutuo acuerdo, o bien, por la vía contenciosa (Se llega a juicio y es el juez quien establece los términos reguladores).
Desde Ercilla Abogados recomendamos siempre la primera opción ya que ofrece mayores ventajas. A continuación os enumeramos algunas:
Procedimiento económico: al no tener que ir a juicio, ambos cónyuges pueden ser representados por un mismo procurador así como un único abogado/a. Este simple hecho reduce sustancialmente los costes del divorcio.
Fácil y Rápido: Sería suficiente con presentar la demanda de divorcio junto con el convenio regulador especificando condiciones como la custodia de los hijos, uso de las propiedades familiares, pensión en caso de necesidad, etc.
Para llevar a cabo de una demanda de divorcio de mutuo acuerdo, el Código Civil en su artículo 82 establece que “Los cónyuges podrán acordar su separación de mutuo acuerdo transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario, en el que, junto a la voluntad inequívoca de separarse, determinarán las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación en los términos establecidos en el artículo 90”.
¿Qué documentación tienes que presentar para ejercitar tu derecho al divorcio de mutuo acuerdo?
- Certificado de matrimonio.
- Certificado de nacimiento de hijo.
- Convenio regulador aprobado por los cónyuges.
Una vez reunida toda la documentación, se tendrá que presentar en el Juzgado de Familia correspondiente. Una vez allí, la autoridad judicial, es decir, el juez, lo estudiará para decidir si cumple todas las normas legales. En el caso de que resuelva que sí, dictará sentencia aprobando todas las medidas acordadas en el convenio regulador.
Si el matrimonio tiene hijos menores de edad, se necesitará el informe previo del Ministerio Fiscal para revisar que el acuerdo regulador no vaya en contra de los intereses de los menores.
Existen casos en el que la demanda puede ser denegada por el tribunal al considerarse que el convenio desfavorece a uno de los contrayentes, por ese motivo, tienen que ser equilibrados.
Si necesitas asesoramiento legal puedes ponerte en contacto con Ercilla Abogados en nuestra delegación de Bilbao, Ercilla Kalea Nº 11 o llamando al número de teléfono 94 423 24 00.