Nueva normativa sobre tarjetas revolving

Nueva normativa sobre tarjetas revolving

Mayor control en las tarjetas revolving

La nueva normativa sobre tarjetas revolving entró en vigor el pasado mes de enero con el fin de aumentar el control sobre estos créditos de duración indefinida. Según la orden ETD/699/2020, de 24 de julio de 2020 desde el 2 de enero se irán incorporando diferentes disposiciones y no será hasta julio de 2022 cuando la normativa funcionará al completo.

El objetivo de esta legislación será incrementar las medidas de transparencia de este crédito para los consumidores, así como evitar futuras situaciones de endeudamiento. Por culpa de estos aspectos y de una sentencia del Tribunal Supremo (TS), en los juzgados hay un aluvión de reclamaciones de tarjetas revolving llevadas a cabo por despachos de abogados expertos en derecho bancario.

Características de la nueva normativa sobre tarjetas revolving

Requerimiento de solvencia a los clientes

Las entidades bancarias serán las encargadas de confirmar que el cliente que contrate un crédito revolving tenga la solvencia suficiente para afrontar estos intereses. Según el BOE, la persona tendrá que contar con la posibilidad de amortizar una cuantía mínima anual del 25% del límite del crédito concedido.

Incremento de la transparencia al contratar tarjetas revolving

Tanto a la hora de hacer publicidad como cuando el cliente solicite información, los bancos deberán ofrecer la máxima transparencia y explicar de manera concisa y clara todo el funcionamiento de este producto y el coste que conlleva utilizarlas.

Información actualizada sobre el préstamo

La legislación también establece que el cliente debe ser informado, cada vez que efectúe una compra a plazos, de simulaciones sobre cuánto pagará según las características del crédito y de las opciones que tiene para reducirla.

El consumidor sabrá en todo momento la deuda que tiene con la entidad bancaria y tendrá la posibilidad de modificar en cualquier momento la forma de pago.

Información en el CIRBE

Con el fin de evitar un sobreendeudamiento y que un cliente contrate varios créditos similares, los bancos deberán analizar la capacidad del consumidor para devolverlo. De esta forma, con la información que aparece en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), las entidades podrán revisar su historial de préstamos y créditos superiores a 1.000 euros y evitar que una persona se endeude.

Con estas nuevas medidas sobre las tarjetas revolving, se espera que la regulación sobre este producto este mucho más reglada. Así, el consumidor conocerá desde un primer momento las características del producto contratado. Por su parte, los bancos ofrecerán una información clara y concisa de las consecuencias de pedir estos créditos de duración indefinida.

En Ercilla Abogados disponemos de un amplio equipo de abogados especializados en derecho bancario en Bilbao que asesoran a sus clientes ante cualquier conflicto con una entidad. Pertenecemos a la RedZero, una red de letrados especializada en abusos bancarios y con honorarios a resultado.

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Somos miembros de RedZero, red de especialistas en abusos bancarios. Realizamos el estudio gratuito y sin compromiso para valorar la viabilidad de la reclamación a las entidades bancarias, y las cantidades que se pueden reclamar.

Trabajamos mediante honorarios a resultado; si no ganamos, no pagas.

Nuestra red de colaboración nos permite conocer los distintos casos del mercado y la forma de obtener el mejor resultado; que las entidades paguen las cantidades reclamadas y los gastos ocasionados.

 

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2021-03-09T08:45:03+00:00

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