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El Tribunal Supremo declara nulo el pacto banco-cliente por las cláusulas suelo
9 junio, 2021

A fin de evitar enfrentarse judicialmente a las entidades bancarias, muchos titulares de préstamos hipotecarios con cláusula suelo cerraron acuerdos con sus bancos. En estos pactos se dejaba de aplicar dicho aspecto a cambio de renunciar a acciones judiciales futuras. Esto significaba una importante rebaja en su cuota mensual o recibo. Ahora, el Tribunal Supremo (TS) ha declarado nulo este pacto banco-cliente por lo que ha abierto una nueva vía en cuanto a la reclamación de las cláusulas suelo por parte de los consumidores y sus abogados expertos en derecho bancario.

En una primera instancia, tanto TS como Tribunal de Justicia de la Unión Europea, determinaron la nulidad de este tipo de producto y la obligación de las entidades a devolver las cantidades que indebidamente habían cobrado. De esta forma, estos acuerdos firmados entre consumidor y banco dejaron de tener sentido, ya que el cliente había renunciado a miles de euros que le pertenecen.

Reclamación cláusulas suelo

Hasta la sentencia del TS del 20 de Abril de 2021, esos convenios que contenían un dictamen de renuncia de acciones legales se habían considerado válidos. De esta manera, los clientes se veían impedidos a poder reclamar las cantidades que habían pagado en el pasado antes de la firma del acuerdo. Este hecho afectaba a consumidores que habían contratado una hipoteca con cláusula suelo desde el 2009 hasta el 2014 o siguientes años.

Sin embargo, según la sentencia nº 216/2021 de fecha 20 de abril de 2021, la Sala 1ª del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de esa cláusula de renuncia de acciones legales. Esto provoca que los clientes, que firmaron este pacto, puedan exigir ese dinero que pagaron de más.

Según el Supremo, estas reclamaciones abarcan aquellos acuerdos firmados a partir de febrero de 2014, ya que el alto tribunal indica que deberían haber pasado 8 meses desde la declaración de nulidad de las cláusulas suelo (mayo de 2013) hasta la firma del contrato. Así, se puede considerar que el cliente desconocía los efectos de dicha renuncia.

Estamos hablando de miles de euros para un préstamo medio, por lo que al consumidor le asaltan muchas dudas. ¿Desde qué año se puede reclamar la cláusula suelo? ¿Cuáles son los siguientes pasos a dar? ¿Qué documentación tengo que entregar? Unas cuestiones que los abogados expertos en derecho bancario resolverán, escuchando tu situación y ofreciéndote un asesoramiento personalizado.

En Ercilla Abogados contamos con una larga trayectoria profesional en litigios referentes a esta rama de la abogacía. Somos miembros de la RedZero, una asociación especializada en abusos bancarios. Escuchamos tu caso, valoramos su viabilidad y te ofrecemos una serie de soluciones. Trabajamos mediante honorarios a resultado por lo que si no ganas, no pagas. Cuéntanos tu caso por teléfono o rellenando el formulario que en la web. Te daremos una respuesta rápida para que sepas cómo abordar la situación y los pasos que se deben dar para que recuperes lo que te pertenece.